Se dispuso desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) una nueva condición para poder sacar de concesionarias una moto 0 kilómetros.
Desde ahora, quienes accedan a una motocicleta deben contar con un seguro obligatorio, de lo contrario no podrán inscribir el vehículo en el registro automotor.
El objetivo de la medida es que los dueños del vehículo puedan responsabilizarse de los accidentes de tráfico que los involucren cubriendo los daños.
Según el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito, “todo automotor, acoplado o semiacoplado debe estar cubierto por un seguro obligatorio”. Por ello, el Ministerio de Transporte impone el Seguro Obligatorio Anual para motocicletas.
“El objetivo de la ANSV es modificar una vieja práctica para continuar construyendo una nueva cultura vial para todos los argentinos”, comentó su director ejecutivo Pablo Martínez Carignano.
Se podrá elegir la póliza de seguro ajustándose a sus necesidades. El Gobierno con la Cruz Roja harán el seguimiento, asistencia técnica y concientización vial.
Concesionarios y vendedores de motos 0 km
Ambos grupos deben darse de alta ante la ANSV como punto de venta enviando un mail a cra.ec@cruzroja.org.ar.
Enviada la solicitud, la ANSV procesa la información y da de alta el negocio como punto de venta habilitado para emitir el formulario.
Cuando se habilita el local, se registra al personal autorizado para el formulario. Se debe iniciar sesión en la web.
Luego se debe ingresar el número de formulario en el trámite de patentamiento del vehículo nuevo. Para consultas: formulariomotos@seguridadvial.gob.ar.