El Ministerio de Trabajo anunció un bono extraordinario de $20.000 para quienes sean titulares de la prestación por desempleo. Condiciones para ser beneficiario.
La Resolución 1209/2023 dispone el pago del bono en dos cuotas de $10.000 para «reforzar los ingresos de aquellos sectores de la población más afectados por la disminución de su poder adquisitivo».
En caso de que el trabajador sólo tenga derecho a percibir la prestación por desempleo en uno de los meses, recibirá una de las cuotas correspondientes.
La implementación está a cargo de la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses), quien dará los medios y procedimientos por los cuales realizar el trámite.
¿A quién le corresponde el bono?
A trabajadores asalariados registrados despedidos “sin justa causa”, “por fuerza mayor” o quiebre de la empresa y aquellos no registrados en acciones de fiscalización y posteriormente despedidos.
Se encuentran excluidas personas que:
- No hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo (excepto si fueron detectados con trabajo no registrado en una fiscalización y posteriormente despedidos).
- Perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).
- Sean beneficiarios de Programas de Empleo o perciban cualquier otra prestación no contributiva.
- Se encuentren contratados bajo la modalidad de pasantías.
- Perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.
- Hayan renunciado o cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o los que hayan optado por el retiro voluntario.
Con DNI o CUIL, los beneficiarios podrán consultar el calendario de pagos y si reciben el beneficio. El plazo para iniciar el trámite es de 90 días hábiles desde que finaliza la relación laboral.