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San Miguel de Tucumán

Cuenta regresiva: cuáles son las multas por no presentarse a votar

Este domingo 22 de octubre los argentinos definen su presidente para los próximos cuatro años, entre otros cargos nacionales; ¿se puede votar aunque uno no se haya presentado en las PASO? En El caso de Tucumán también se renuevan bancas a Diputados.

Las elecciones generales son este domingo 22 de octubre, fecha en que los argentinos que están incluidos en el padrón deben acercarse a las urnas. En la Argentina, el sufragio es universal, secreto y obligatorio para los ciudadanos a partir de los 18 años y hasta los 70.

En tanto, entre los 16 y los 18 años, el sufragio es optativo, al igual que entre los mayores de 70. Asimismo, también existe distintos grupos sociales que por sus características, el día de la votación están exentos de la obligación de sufragar.

Quienes no puedan concurrir a los comicios y tengan un justificativo válido, deben ir con su documento a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentren y solicitar una certificación escrita que justifique la imposibilidad de votar.

Para evitar la multa y otras sanciones, el certificado debe presentarse dentro de los 60 días de celebrada la elección ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que le corresponda al elector o ante la Cámara Nacional Electoral.

En cambio, a quienes deban sufragar y no puedan justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no emitieron su voto, les corresponde una multa económica y quedan incorporados en el Registro de Infractores al deber de votar

Sanciones pecuniarias

  • Votante sin infracciones previas: $50.
  • Votante con una 1 infracción previa sin regularizar: $100.
  • Votante con 2 infracciones previas sin regularizar: $200.
  • Votante con 3 infracciones previas sin regularizar: $400.
  • Votante con 4 o más infracciones previas sin regularizar: $500.

Espacio UNT

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