Lo hizo a través del Decreto 267/2022 publicado este jueves en el Boletín Oficial. El Ministerio de Economía estableció que para el período fiscal 2023, el monto de la remuneración y/o del haber bruto en $506.230 mensuales, inclusive.
De esta manera, por debajo de este umbral no corresponderá retención alguna del tributo y serán beneficiados 250.000 trabajadores. Poco más de 112.000 de esos están localizados en la provincia de Buenos Aires, otros 31.000 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cerca de 40.000 están distribuidos entre las provincias de Córdoba y Santa Fe.
También se aclara en el escrito que en los meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 506.230 y resulte inferior o igual a $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
La AFIP será la encargada de establecer el monto deducible adicional pertinente, señala el texto con las modificaciones que fue firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Agustín Rossi y el ministro de Economía, Sergio Massa.