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San Miguel de Tucumán

Rige la veda electoral hasta las 21 del domingo

La medida comenzó a regir a partir de las 8 de la mañana de este viernes, 48 horas antes a la jornada comicial. El objetivo principal es conceder a los ciudadanos un espacio de reflexión, en la antesala del día en que deberán emitir su voto.

Desde las 8 de este viernes comenzó a regir la veda electoral, el período establecido por la Ley Electoral 48 hs. antes de los comicios. En este tiempo, está prohibida la propaganda de los candidatos que competirán en las votaciones el 22 de octubre. Además, está restringida la venta de alcohol, entre otras.

Recordamos que este domingo se realizarán en nuestro país las elecciones nacionales generales. Los ciudadanos decidirán quién será el sucesor de Alberto Fernández en la Casa Rosada. Además de la elección presidencial, la mitad de la Cámara de Diputados de la Nación y un tercio del Senado. Asimismo, 43 representantes para el Parlasur.

Párrafo aparte amerita el Jefe de Gobierno porteño, que se elegirá en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Además, se renovarán gobernadores en las provincias de Buenos Aires, Catamarca y Entre Ríos.

Según lo establece el artículo 71 del Código Nacional Electoral, las prohibiciones comienzan a regir 48 horas antes del inicio de la votación, salvo algunas restricciones que tendrán su horario puntual.

¿Qué está prohibido durante la veda?

  • Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral que llamen al voto
  • Publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales y de proyección sobre el resultado
  • La venta de bebidas alcohólicas se restringirá a partir del sábado
  • Las reuniones de electores o el depósito de armas en casas dentro de un radio de 80 metros alrededor de las mesas donde se va a votar. 
  • Las fiestas teatrales, actividades deportivas, espectáculos y toda clase de reunión pública que no tenga relación con las elecciones. 
  • Desde el sábado está prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.
  • Ofrecer boletas para votar dentro de un radio de 80 metros de los lugares donde se sufraga. 
  • Abrir locales partidarios que se ubiquen dentro de un radio de 80 metros de los lugares de votación

¿Hasta cuándo abren los bares y se vende alcohol?

La venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas durante la veda electoral estará prohibida desde el sábado 21 de octubre a las 20 horas hasta el domingo a las 21 horas. 

Lo mismo ocurrirá con los bares, los cuales deberán cerrar sus puertas a las 24 horas del día sábado. En este caso, una vez cerrados los comicios deberán aguardar durante tres horas para poder retomar sus actividades, incluyendo la venta de bebidas con graduación alcohólica. 

¿Qué sanciones se aplican a quiénes rompen la veda?

El Código Electoral pena a quien con engaños u otras artimañas «indujera a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo» con penas de dos meses a dos años de prisión. En tanto, para quien viole el secreto del sufragio, se prevé un castigo de tres años de prisión. 

En el caso caso de incumplir con la veda electoral, los dueños de los bares que abran en horarios no permitidos tendrán penas varían entre 15 días y seis meses de prisión. Además, el Tribunal Electoral o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.

Además, a quienes incurrieran en la publicación de avisos publicitarios en medios de comunicación se le aplicarán multas que oscilan entre los $10.000 y $100.000. La misma sanción le cabría a los que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

Para los candidatos que no cumplan la veda, el castigo será perder el derecho a recibir cualquier tipo de financiamiento por un plazo que varía de uno a cuatro años.

Espacio UNT

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