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Todo lo que tenés que saber al momento de dar de baja un servicio

En la columna de Defensa al Consumidor de TV Prensa I, la abogada Luciana Acosta dió detalles sobre los requisitos y condiciones para cancelar un servicio.

Al momento de querer dar de baja un servicio, el proveedor impone requisitos al consumidor que dificultan ejecutar el trámite. Te contamos cómo evitar esto.

“La Ley de Defensa al Consumidor y Usuario prescribe que el consumidor podrá dar de baja el servicio por el mismo medio que lo contrató” comentó la abogada Luciana Acosta en TV Prensa 1. 

Requisitos ilegítimos a la hora de dar de baja:

  • -La cancelación sólo puede realizarse del 1 al 5 de cada mes
  • -Solo puede dar de baja luego de haber sido cliente de la empresa durante seis meses
  • -El cliente solo puede dar de baja si tiene los pagos al día

Según la Ley 24240, el proveedor deberá enviar (sin cargo) constancia fehaciente del pedido de baja dentro de las 72 horas al domicilio del usuario. 

“La constancia sirve como prueba para evitar que sigan debitando conceptos indebidos luego de cancelar el servicio”, explicó Acosta en la entrevista. 

En cuanto a los pagos, se prohíbe al proveedor cobrar: 

  • -Preaviso, mes adelantado o cualquier otro concepto
  • -La cancelación del servicio (es totalmente gratuita)
  • -Cualquier monto luego del día que se da de baja el servicio

La ley busca evitar toda esta serie de burocracias que va a interponer el proveedor 

Tips al momento de dar de baja:

  • -En caso de ser por vía telefónica, anotar horario de llamada, datos del operador, número de gestión, constancia de baja. 
  • -Si se realiza de manera presencial el trámite, presentar una nota por duplicado con datos del titular de la línea, número de la línea y/o plan contratado, domicilio.

A tener en cuenta: La resolución 136/19 de la Secretaría de Comercio establece la obligatoriedad en todas las plataformas de suscripción vía web de un acceso a un link para dar de baja el servicio. 

Si usted sufre algún problema como consumidor relacionado a estos ítems, puede realizar la correspondiente denuncia en la sede de Comercio Interior (9 de Julio 497).

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Espacio UNT

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